Preguntas frecuentes

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A continuación encontrará una breve lista de nuestras preguntas más frecuentes. Para obtener más información o si no puede encontrar la respuesta a continuación, utilice el  formulario de contacto

Trabajamos las 24 horas del día, todos los días de la semana.

En los Departamentos de Laboratorio, Radiografía y Sonografía estamos abiertos para el público de Lunes a Viernes, las 24 horas…

Tomografías en horario de lunes a viernes de 8:00 AM- 6:00 PM.

Densitometría: Lunes a Viernes de 7:00 am a 9:00 pm y Sábados de 7:00 am a 12:00 pm.

Holter, Mapa, Pruebas de esfuerzo, Eco cardiografías: De Lunes a Sábado previa cita agendada.

Diagnósticos por VideoGastro: Lunes a Viernes de 8:00 am a 2:00 pm, previa cita agendada.

Evaluaciones Preanestesicas en horario de Lunes a Viernes de 3:00 PM a 6:00 PM y sábados de 9:00 AM – 12:00 PM.

Estos horarios de servicios son exclusivos a pacientes que vienen por consulta ambulatoria. Para los pacientes internos o que lleguen al Centro por Emergencia el horario de atención es 24 horas, 7 días a la semana, según la consideración o urgencia considerada por el medico a cargo.

Lunes a Domingos, las 24 horas del día. Hay emergencia general y emergencia pediátrica.

No, las instituciones del estado relativas al sector salud se llaman “Policlínicas” y pertenecen al IDSS. En consecuencia somos una Institución privada regida por las leyes comerciales de la República Dominicana.

Si es adulto su cédula (o pasaporte si es extranjero) más su carnet de seguro si es asegurado. Si es menor de edad, la cédula o pasaporte del adulto responsable más el carnet del seguro si es asegurado.

a) Las ARS a veces no contratan a todos los médicos debido a que tienen suficientes especialistas en esa área.

b) Cada médicos es libre en decidir con cual ARS desea trabajar.
No obstante la selección del medico que usted haga no afecta la contratación que el CPN posee con su ARS.

La cobertura no la determina el CPN; dependerá de cada ARS y de la póliza que usted haya contratada con ella. En algunas ocasiones los eventos son cubiertos en su totalidad, en otras el beneficiario debe cubrir una diferencia del consumo que oscila en la mayoría de los casos entre un 10%-35%.

En eventos ambulatorios, ANTES del consumo del servicio. En pacientes hospitalizados, saldo al momento de la de alta. El CPN no maneja políticas de créditos con pacientes.

Aun no contamos con farmacia para el público, así que toda receta indicada por sus médicos debe ser adquirida por el usuario en la farmacia de su preferencia.

No es política del CPN. La razón es dada por la responsabilidad legal que asume el CPN al momento de hospitalizar un paciente. Contamos con varios departamentos que certifican la garantía del medicamento, fechas de vencimiento, componentes químicos, la correcta temperatura exigida para la conservación de cada medicamento o material, la legalidad de la adquisición de los mismos, entre otros factores exigidos para el suministro de dichos insumos.

Por recomendaciones del MISAP (Ministerio de Salud Pública), los menores de 12 años no debería visitar la zona de internamientos; la razón se debe a la inmadurez del sistema inmunitario. En consecuencia rogamos no invitar a menores de 12 años al área de internamientos a menos que sea para ser atendidos.

Medicinas y Material gastable en correcto estado y calidad, habitación confortable con baño propio, dieta según prescripción médica, mueble para acompañante, teléfono, televisión con servicio de cable, Aire Acondicionado, Ventilador, Servicio de Enfermería y Medico 24 horas.

No importa, las oficinas del CPN laboran todos los días del año ininterrumpidamente por las 24 horas. Pudiera acontecer que, si es asegurado, su ARS no se encuentre laborando durante ese horario, en ese caso deberá someterse a la política interna de la empresa para poder egresar del CPN.

No, esta prohibido fumar, consumir alcohol o cualquier otra sustancia narcótica en las instalaciones del CPN.

Tenemos una unidad de Servicio al Cliente, 809 788 2323 extensión 486. O a nuestras oficinas administrativas, extensión 486.

Derechos de los Pacientes:

Articulo 28, Ley 42-01:

 

a) Derecho al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, y a no ser discriminado en razón de raza, edad, religión, condición social, política, sexo, estado legal, situación económica, limitaciones físicas, intelectuales, sensoriales o cualquier otra;

b) Derecho a la atención de emergencia en cualquier establecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud;

c) Derecho a la educación en salud, prevención de las enfermedades y a la protección, conservación y recuperación de su salud, en concordancia con lo contemplado en la Constitución y demás leyes vigentes en la República Dominicana;

d) Derecho a la información sobre los bienes y servicios que promuevan y protejan la salud y prevengan la enfermedad; al acceso a los mismos y a una adecuada y oportuna atención médica;

e) Derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su expediente y con su estancia en instituciones prestadoras de servicios de salud pública o privada. Esta confidencialidad podrá ser obviada en los casos siguientes: cuando sea autorizado por el paciente; en los casos en que el interés colectivo así lo reclame y de forma tal que se garantice la dignidad y demás derechos del paciente; por orden judicial y por disposición de una ley especial;

f) Derecho a la información adecuada y continuada sobre su proceso, incluyendo el diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento; y a recibir consejos por personal capacitado, antes y después de la realización de los exámenes y procedimientos;

g) Derecho a la participación en las actividades de salud, en los términos logísticos, políticos y otros señalados por esta ley, reglamentaciones y demás disposiciones legales;

h) Derecho a decidir, previa información y comprensión, sobre su aceptación o rechazo de asumir el tratamiento. Se exceptúan de esta disposición los casos que representen riesgos para la salud pública. En el caso de menores, discapacitados mentales y pacientes en estado crítico sin conciencia para decidir, la decisión recaerá sobre sus familiares directos, tutores o, en su ausencia, sobre el médico principal responsable de su atención;

i) Derecho al registro o constancia escrita de todo su proceso de salud-enfermedad;

j) Derecho a no ser sometido/a a tratamiento médico o quirúrgico que implique grave riesgo para su integridad física, su salud o su vida, sin su consentimiento escrito o el de la persona responsable, esto último sólo en el caso de que el paciente no esté en capacidad para darlo y siempre que sea en su beneficio. Cuando el paciente sea incapaz o esté inconsciente, y no exista persona responsable, el médico responsable y, en su ausencia, el equipo de salud, asumirá la responsabilidad del paciente.

Deberes de los Pacientes:

Art. 29,  Ley General de Salud 42-01

 

  1. Respetar la salud de otras personas, evitando realizar actos, efectuar o intervenir en actividades perjudiciales para la salud de terceros, ya sea por la naturaleza de dichas acciones o por la forma en que se ejecutan;
  2. Velar, mejorar y conservar su salud personal, familiar, y de sus dependiente, especialmente si estos son menores, ancianos o discapacitados, así como por la salud comunitaria;
  3. Velar por las condiciones de salubridad del medio en que viven y desarrollan sus actividades;
  4. Cumplir con las prescripciones generales de carácter sanitario comunes a toda la población, como también con las prescripciones específicas señaladas por las autoridades sanitarias ;
  5. Colaborar con las autoridades de salud, auxiliando su acción, cumpliendo sus instrucciones y evitando acciones u omisiones que interfieran con las acciones de salud o retarden su cumplimiento;
  6. Proporcionar, de manera oportuna y fidedigna, la información que la MINSAP, ó la autoridad sanitaria correspondiente requiera para el cumplimiento de sus funciones como autoridad máxima de aplicación de la presente ley y sus reglamentos.
  7. Participar activamente en el proceso de construcción de mejores condiciones de vida y salud, desde la concepción misma de las acciones hasta la prestación de los servicios.

Estimada visita, para que su paciente se recupere más rápido solicitamos cumplir con las siguientes normativas:

  1. No ingerir alimentos en la habitación ni en los pasillos de internamiento.
  2. No traerle comidas o bebidas al paciente interno. (solo deberá consumir lo que le suministre la cocina del CPN, autorizado por su médico de cabecera).
  3. No sentarse en la cama, (aplica para pacientes internos con 8 años en adelante).
  4. No acostarse en la cama del interno, (aplica para pacientes internos con 8 años en adelante).
  5. No proporcionarle sábanas, o almohadas al interno. (solo podrán utilizar las suministradas por el centro).
  6. No tocar la solución. (comunicarse con un (a) enfermero (a), para ser asistido.
  7. No sentarse en el suelo.
  8. No dejar solo al interno.
  9. Evitar los ruidos altos en la habitación y los pasillos, (televisión, aparatos electrónicos, voces altas, entre otros).
  10. No está permitida la circulación de deliverys o mensajeros en el área de internamiento.
  11. No están permitidas las visitas de niños menores de 12 años.
  12. El tiempo máximo de visita es 30 minutos.
  13. El interno podrá recibir simultáneamente 2 visitas más su acompañante.

 

“En el Centro Policlínico Nacional, cuidamos lo que más quieres”

(809) 788-2323

Contactos de emergencias

info@policlinico.do

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Guayubín Olivo 1, Urb. Vista Hermosa KM 7½